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30 de septiembre 1812 - 4 mayo 1814
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En México, el 7 de mayo de 1810, las autoridades instituidas en México protestaron juramento de obediencia y fidelidad al nuevo gobierno español.
La Constitución Política de la Monarquía Española fue promulgada el 19 de marzo de 1812, esta fue obra de Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación Española.
Esta Constitución establece la Monarquía limitada, el ejercicio del Poder Legislativo por Cortes electas, una administración de justicia independiente y, como limitación a los poderes públicos, derechos humanos fundamentales.
Como sentido formal, la Constitución se halla la consagración de los más elementales derechos y deberes que protegen la integridad de la persona humana, a la vez que se indican las responsabilidades del ciudadano frente a la sociedad.
Como sentido material, la Constitución de Cádiz, estableció la organización política de la Nueva España, ahora México, de la siguiente manera se redujo el número de provincias existentes; por tal razón, las Cortes de Cádiz ordenaron la formación de diputaciones provinciales mexicanas en número de seis: México y San Luis Potosí (correspondientes a Nueva España), Monterrey, Guadalajara, Durango y Mérida.
Se puede considerar como una Constitución Rígida, toda vez que sus leyes describen la naturaleza de los poderes y funciones del poder público.
15 de septiembre de 1814 - 15 de diciembre de 1815
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Constitución de 1814, también conocida como la Constitución de Apatzingán y oficialmente titulada Decreto Constitucional para la libertad de América.
La constitución retoma aspectos de la constitución de Cádiz de 1812, así como el plan de las tres garantías y los sentimientos de la nación de José María Morelos y Pavón, los derechos del hombre y el ciudadano y sólo ligeramente en la constitución de los Estados Unidos (en la división y tipo de los poderes únicamente).
Nombra cuatro poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, además de la junta suprema de notables
Se creaba un máximo poder denominado junta suprema de notables de 24 miembros que tenían poder de veto y podían suspender los trabajos del congreso y llamar a elecciones anticipadas, así como dirimir los conflictos entre los distintos poderes, así como vetar o aprobar los nombramientos de gobernadores de las provincias.
La junta suprema de nobles además estaba constituida por un representante del cabildo de México, el presidente del congreso en funciones, un representante de la iglesia católica, un representante del tribunal judicial y un representante por cada provincia.
Decretaba la religión católica como única sin tolerancia de ninguna otra.
Su autoridad más directa, además de la naturaleza ejecutiva y administrativa, era garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos: la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad.
El supremo Gobierno fue ejercido por José María Cos, José María Liceaga y José María Morelos.
Los artículos más relevantes fueron:
1. La religión católica, apostólica y romana es la única que se debe profesar en el Estado.
2. La facultad de dictar leyes y establecer la forma de gobierno que más convenga á los intereses de la sociedad, constituye la soberanía.
3. Por consiguiente, la soberanía reside originariamente en el pueblo, y su ejercicio en la representación nacional compuesta de diputados elegidos por los ciudadanos bajo la forma que prescriba la constitución.
4. Estos tres poderes, legislativo, ejecutivo y judicial, no deben ejercerse ni por una sola persona, ni por una sola corporación.
24 de agosto de 1821 - 1822
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Es firmado por Agustín de Inturbide y por Juan O´Donojú.
En el tratado a México se le reconoce como un imperio independiente de la monarquía española, por lo mismo se le reconoció como imperio monárquico constitucional y moderado
24 de febrero de 1822 - 1824
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Fue aceptada por el primer congreso Constituyente, Se establecía que en el Congreso legítimamente constituido residía la soberanía nacional en consecuencia se declaraba que la religión católica, apostólica, romana, sería la única del Estado, con exclusión de cualquier otra
4 de octubre de 1824 - 29 de diciembre de 1836
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Planteada como un pacto entre los estados, dividía la República en 19 estados y cinco territorios. Cada estado elegiría su gobierno y su congreso. El gobierno se compondría de tres poderes: ejecutivo, legislativo (senadores y diputados) y judicial. El poder judicial estaría a cargo de la Suprema Corte de Justicia. Determinaba la libertad de imprenta y de palabra. Contenía 171 artículos en siete títulos.
El Congreso Constituyente determinó también que la sede del Distrito Federal, lugar de residencia de los poderes de la Federación, sería la ciudad de México por decreto del 20 de noviembre de 1824
Sus principios constitucionales fueron:
“La Nación mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquiera otra potencia”. (Art. 1)
Además, se mantenían los principios de Intolerancia religiosa, Propiedad, División de poderes; que contemplaba un Ejecutivo (Presidente y vicepresidente), un Legislativo (Congreso general bicameral) y un poder Judicial (Corte Suprema de Justicia).
Con base en esta nueva carta constitutiva se realizaron elecciones para presidente y vicepresidente. Así, Guadalupe Victoria y Nicolás Bravo encabezaron el Poder Ejecutivo de 1824 a 1828.
30 de diciembre de 1836 - 1841
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Primera Ley Constitucional
Consta de 15 artículos, puntos importantes:
Pueden votar los ciudadanos con ingresos anuales superiores a los 100 pesos.
Se desarrollan los conceptos de ciudadanía y nacionalidad.
Establece la obligación de todos de profesar la religión de su patria (católica).
Segunda Ley Constitucional
Consta de 23 artículos. Otorga al presidente la facultad de cerrar el Congreso y suprimir la Suprema Corte, además de prohibir expresamente a los militares ser parte de magistrados de la Corte. Establece el Supremo Poder Conservador, integrado por cinco ciudadanos que serán elegidos por un período de dos años.
Tercera Ley Constitucional
Consta de 58 artículos, en el cual se establece un Congreso bicameral de senadores y diputados, donde los diputados se eligen cada dos años, uno por cada 150 mil habitantes y los senadores lo eligen las juntas departamentales, además de establecer la formación de leyes
Cuarta Ley Constitucional
Consta de 34 artículos sobre el Supremo Poder Ejecutivo, que se depositaba en el Presidente de la República por el término de ocho años y con posibilidad de reelección. La cámara baja o de diputados elegía al presidente y al vicepresidente de entre los nueve candidatos
Quinta Ley Constitucional.
Consta de 51 artículos se ocupaba del Poder Judicial de la República Mexicana, que ejercía una Corte Suprema de Justicia compuesta por 11 Ministros y un Fiscal, al igual que el método de elección de los 11 integrantes de la Corte de Justicia y del Presidente de la república, los Tribunales Superiores de los Departamentos, los Tribunales de Hacienda y los Juzgados de primera instancia a cargo de Jueces Subalternos
Sexta Ley Constitucional.
Consta de 31 artículos. En ésta se establecía la división del territorio de la República y el Gobierno Interior de los Pueblos
Séptima Ley Constitucional.
Consta de seis artículos y ocho transitorios, trataba de las variaciones a las leyes constitucionales, que no podrían llevarse a cabo en el término de seis años contados a partir de la publicación de la Constitución
14 de junio de 1843 - 1850
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Con ella nace la república centralista con ello se suprimió el supremo poder conservador.
Se instauro la pena de muerte y se restringe la libertad a la imprenta.
Fue un acta constitutiva, y de reformas, para este tiempo se seguía la religión católica y los negocios estaba a cargo de 4 ministros, y a los mexicanos se les dio derecho a votar, y desaparece el cargo del vicepresidente.
5 de febrero de 1857 - 1917
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Fue una constitución de ideología liberal redactada por el Congreso Constituyente, se da la garantía a los individuos de libertad de expresión, libertad de asamblea, así como el libre porte de arma y con ella llega la abolición de la esclavitud, también se da la abolición de fueros para los eclesiásticos y los militares
5 de febrero de 1917
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Esta cuenta con 136 artículos, divididos en 9 títulos, los cuales están subdivididos en capítulos, y esta conformada o dividida en 2 partes dogmática y orgánica, se conserva la soberanía popular, y la división de poderes, así como los derechos individuales esta constitución sigue vigente hasta la actualidad
En ella se incluyen los derechos sociales y se incorporan tres artículos fundamentales 3° que habla de la educación, el 27° retomando lo agrario y el 123° dando referencia al trabajo y a previsión social
2019
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https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3525/16.pdf
http://museodelasconstituciones.unam.mx/nuevaweb/historia-constitucional-de-mexico/
http://bdmx.mx/documento/constitucion-federal-estados-unidos-mexicanos-1824-borrador
2.Daniel Moreno Diaz. (2006). Constitucionalismo mexicano del siglo XIX. Ciudad de Mexico: UNAM.
Integrantes del equipo:
Jose Angeles Lopez
Alma Nayely Cid Tapia
Lucia Marquez Barrientos
Maria Moran Madrid
Luis Ulloa Aguilar