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1744 - 1794
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Nace con la Revolución Industrial, iniciada en 1744 en Inglaterra con la invención por JaimeWatt de la máquina de vapor, que dio origen al nacimiento de grandes industrias y fábricas que vieron aumentar considerablemente el número de accidentes
En 1795 la aparición de notables inventos, como la lanzadera volante, las hiladoras, el telar, etc., en la industria textil, propició el empleo de niños en condiciones insalubres, 14 o 15 horas diarias
23 Noviembre 1886
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dentro de la actualización de la normativa colombiana al paso de los años la clasificación de los riesgos se definen en
físicos
químicos
mecánico
ergonómico
locativo
psicosocial
biológicos
condiciones de seguridad
ante cada uno de estos riesgos parte un sistema general de controles donde incluye medidas de eliminación,sustitución y control de estos riesgos
1904 - 1918
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Fue el primero en plantear una plática orientada hacia la salud de los trabajadores en Colombia. A corto tiempo de su asesinato, el congreso aprobó la ley 57 de 1915 obligó a varias empresas con más de quince trabajadores a otorgarles asistencia médica y farmacéutica y a pagar indemnizaciones.
Hasta 1918 el concepto de Seguridad e Higiene comienza a conseguir importancia especialmente motivado porla Oficina Internacional del Trabajo (OIT).
1934 - 1935
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Se creó la oficina de medicina laboral: reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y de su evaluación de materia de indemnizaciones o auxilios de cesantías.
El ministerio de salud desarrolla un plan de salud ocupacional: medicina, higiene y seguridad industrial.
Se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo y en julio de 1936 empezó a regir la ley.
1946 - 1948
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Es fundada la sociedad Colombiana de medicina del trabajo.
Y con la promulgación de la Ley 90, nace el Instituto de Seguros Sociales (ISS), .
Según la OMS, la salud se define como «un estado completo de bienestar físico, psíquico y social y no sólo la ausencia de enfermedad». Existe una doble relación entre Trabajo-Salud: – La salud es imprescindible para trabajar. – Las condiciones en que se realiza el trabajo, pueden perjudicar la salud del trabajador
1949 - 1954
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Se crea la Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial, para que posteriormente se establecieran políticas de seguridad industrial e higiene para los establecimientos de trabajo.
En 1954: el Ministerio de Salud desarrollo un plan de Salud Ocupacional, para capacitar profesionales colombinos, tanto médicos como ingenieros, quienes conformaron una sección anexa de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
1979 - 1986
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Realmente en Colombia, la higiene y seguridad industrial, tuvieron su iniciación en 1979, con la expedición de la Ley 9ª ó “Código Sanitario”, y la Resolución 2400, también llamado “Estatuto de Seguridad”.
COPASO, debe ser formalizado en empresas con más de 10 empleados, sin importar su tipo de actividades.
1993 - 2000
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A través de la Ley 100 de 1993 y del Decreto Ley 1295 de 1994 se creó el Sistema General de Riesgos Profesionales, el cual estableció un modelo de aseguramiento privado de los riesgos ocupacionales y cuyo principal objetivo fue la creación y promoción de una cultura de prevención en accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Declara el año 2000 como el Año Nacional de la Salud Ocupacional, por lo cual establece como prioritarias para los entes públicos y privados, en todo centro de trabajo del país, aquellas acciones tendientes a fortalecer los programas de prevención, promoción de la salud ocupacional, la recuperación, rehabilitación y reinserción laboral de los y las trabajadoras víctimas de accidentes o enfermedades relacionados con su trabajo.
2007
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se reglamenta la investigación de incidentes y accidentes de trabajo que corresponde al Ministerio de la Protección Social, definir políticas y programas de prevención en materia de riesgos profesionales.
2012
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El Congreso de la República de Colombia y firmada por el Vice ministro General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Vice ministro de Protección Social, y el Ministro de Trabajo, realizan modificaciones al Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en Materia de Salud Ocupacional.