-
Use Cases
-
Resources
-
Pricing
1991
% complete
todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán
la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los
mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica (Constitución Política de
Colombia, 1991, Art. 13).
1994
% complete
ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES
El constituyente de 1991 fue consciente de la importancia del Archipiélago y de los peligros que amenazan la soberanía colombiana sobre él. Esto explica porqué la actual actitud política se basa en la defensa de esa soberanía, partiendo de la base de reconocer estos hechos:a) la existencia de un grupo étnico formado por los descendientes de los primitivos pobladores de las islas; b) las limitaciones impuestas por el territorio y los recursos naturales, al crecimiento de la población; c) la capacidad y el derecho de los isleños para determinar su destino como parte de Colombia, y mejorar sus condiciones de vida.
GOBERNADOR DE SAN ANDRES
La exigencia de haber nacido en el territorio del Departamento o ser residente y tener domicilio por más de diez años se ajusta a su espíritu que no es otro que el de permitir a las entidades territoriales, en general, una autonomía limitada, pero autonomía al fin, en el manejo de sus asuntos.
DERECHO AL DESEMPEÑO DE CARGOS PUBLICOS-Requisitos legales
El artículo 40 de la Constitución no implica que todos los ciudadanos colombianos pueden ser elegidos para todos los cargos. No, sólo pueden serlo aquellos que reúnan las calidades exigidas por la misma Constitución o por la ley para el respectivo cargo.
1997
% complete
2001
% complete
2002
% complete
2003
% complete
2006
% complete
2008
% complete
2012
% complete
2017
% complete