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1810 - 1821
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En México el antecedente más antiguo del Derecho Administrativo se encuentra desde el año 1810, cuando Miguel Hidalgo inició el movimiento de Independencia y tuvo la necesidad de nombrar lo que en la actualidad se consideran como los primeros Secretarios de Estado que serían respectivamente, el del Despacho de Hacienda, y el de Gracia y Justicia
5 de Octubre de 1821
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Se habilitó y confirmó provisionalmente a las autoridades existentes para el ejercicio de la administración de justicia y demás funciones pública, después de consumarse la independencia.
8 de Noviembre de 1821
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Reglamento para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal antecedente remoto de la vigente ley Orgánica de la Administración
4 de Octubre de 1824
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La Constitución federal de 1824 dispuso la coexistencia de una administración pública federal.
En lo concerniente a la normativa secundaria de derecho administrativo, derivada de la Constitución de 1824, esta constitución sobresale por la creación de un Distrito Federal.
5 de febrero de 1857
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Entre las aportaciones de la Constitución de 1857 al derecho administrativo mexicano, figuran la distinción entre sanciones penales y administrativas reservando a la autoridad judicial la facultad de imponer las primeras y facultando a la autoridad administrativa a aplicar las segundas.
5 de febrero de 1917
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Ratificó la Constitución de 1917 la forma federal de Estado y la republicana de gobierno; la administración pública federal se estructuró de acuerdo con la tendencia organizacional de la centralización administrativa, mediante dos formas de unidades administrativas de alto rango: la secretaría de Estado y el departamento administrativo, con la idea de encomendar a la primera el despacho de los asuntos políticos, y de encargar al departamento administrativo el manejo de las cuestiones técnicas y la prestación de los servicios públicos. En la práctica, los departamentos administrativos o desaparecieron o evolucionaron para convertirse en secretarías de Estado; por ello, en la actualidad no existe ninguno
29 de Diciembre de 1976
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En ella se dispuso, antes que en la Constitución, la bifurcación de la administración pública en centralizada y descentralizada.En los términos del artículo 1o. de dicho ordenamiento legal, la Presidencia de la República, las secretarías de Estado, los departamentos administrativos y la Procuraduría General de la República integraban la administración centralizada.
1994 - 1997
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De acuerdo a las reformas a la ley en análisis, publicadas el 28 de diciembre de 1994, la Procuraduría General de la República ya no se incluyó como parte de la administración pública; de igual manera, de ser una dependencia del Poder Ejecutivo federal, en los términos de su ley Orgánica de 1983, pasó a quedar simplemente ubicada en el ámbito del Poder Ejecutivo federal, de acuerdo con el artículo 1o. de su nueva ley Orgánica de 1996.
2019
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Hoy en día México cuenta con 18 secretarías, que se rigen bajo el Derecho Administrativo Mexicano