-
Use Cases
-
Resources
-
Pricing
1950
% complete
En este año se fundó la primera organización del LGTBI por Harry Hay junto con un pequeño grupo de amigos pero no fue registrada oficialmente hasta que en 1954 un grupo diferente tomó la dirección.
Varias otras organizaciones relacionadas se formaron poco después en San Francisco, Nueva York, Boston, Chicago, Denver, el Distrito de Columbia y Filadelfia. El fin principal de la organización era conseguir la aceptación pública de la homosexualidad —escribieron en su manifiesto que las «disminuciones fisiológicas y psicológicas [de los homosexuales no tenían por qué ser un impedimento para integrar el 10% de la población mundial en el progreso social constructivo de la humanidad»
1990
% complete
Durante la década, se comienza a conocer la sigla LGBT en el mundo (Millán:
2008 p.11) y en distintos ordenes de las letras. Actualmente es la más usada para
hacer referencia a lesbianas, gays, bisexuales y transgeneristas antes referidos
como “homosexuales” o “comunidad gay”, pero que en Colombia no se usaba aún
de manera generalizada o reconocida para referirse al movimiento y a la población
que representa sólo hasta los años 2000. Al principio de la década surge la
IGLHRC Comisión Internacional por los Derechos Humanos de Gays y Lesbianas.
En 1990, el día 17 de mayo la Organización Mundial de la Salud OMS elimina a la
homosexualidad de su lista de enfermedades mentales, fecha en la que
posteriormente se celebra en muchas partes del mundo el Día Internacional contra
la Homofobia. También avanzan algunos países en normas para la ilegalización
de la discriminación por orientación sexual y por el derecho de ingreso a gays y
lesbianas a las fuerzas armadas en Israel entre 1992 y1993, en 1994 España
aprueba el reconocimiento legal de parejas homosexuales, en Holanda se prohíbe
la discriminación por orientación sexual
1993
% complete
La primera de las 73 sentencias –la T-594 de 1993– le permitió a un transexual cambiar su nombre de nacimiento por uno que se amoldaba más con su nueva identidad. La Corte sostuvo que “la esencia del libre desarrollo de la personalidad es el reconocimiento que el Estado hace de la facultad de toda persona a ser individualmente como quiere ser, sin coacción ni controles injustificados o impedimentos. El fin de ello es la realización de las metas de cada individuo, fijadas autónomamente por él de acuerdo con su temperamento y su carácter propio”. A esta sentencia le siguieron, en lo que al derecho a la identidad y al libre desarrollo de la personalidad se refiere, fallos como la T-977 de 2012, que le permitió a una mujer trans cambiarse su nombre por segunda ocasión, y la T-611 de 2013.
1994
% complete
Durante años las autoridades les han coartado a los LGBTI su derecho a expresar su cariño en público, tal como lo hacen los heterosexuales. La Corte se ha manifestado en reiteradas ocasiones contra ello. En la tutela T-539 de 1994, que analizó el veto del Consejo Nacional de Televisión a un comercial en donde aparecía una pareja gay, el alto tribunal indicó que “Los homosexuales no pueden ser objeto de discriminación”. Y agregó: “El hecho de que su conducta sexual no sea la misma de la mayoría de la población, no justifica un tratamiento desigual”.En la tutela la Corte añadió: “Los homosexuales tienen su interés jurídicamente protegido, siempre y cuando en la exteriorización de su conducta no lesionen los intereses de otras personas ni se conviertan en piedra de escándalo, principalmente de la niñez y la adolescencia. Un trato justo hacia los homosexuales tiene que basarse en el respeto, la consideración y la tolerancia, por tratarse de seres humanos titulares de los mismos derechos fundamentales de los demás en condiciones de plena igualdad, así no sean idénticos en su modo de ser a los demás
1994
% complete
Ante la discriminación en las aulas contra estudiantes y profesores homosexuales, la Corte ha tomado varias decisiones. La primera fue la T-097 de 1994, en la que el alto tribunal regañó al director de la Escuela de Carabineros Eduardo Cuevas por expulsar a un alumno gay. En esa ocasión, se dijo: “La sanción de una persona por razones provenientes de su homosexualidad no puede estar basada en un juicio de tipo moral; ni siquiera en la mera probabilidad hipotética de que la institución resulte perjudicada, sino en una afectación clara y objetiva del desarrollo normal y de los objetivos del cuerpo armado. El homosexualismo es una manera de ser o una opción individual e íntima no sancionable”
1997
% complete
La asociación fue creada en noviembre de 1967 en la localidad de Gerli, un suburbio obrero del Gran Buenos Aires, todavía bajo la dictadura del general Juan Carlos Onganía. Fue fundado por catorce personas, la mayoría activistas de gremios de clase media baja. El líder era un comunista expulsado del partido por homosexual. El año exacto de fundación, que muchas veces se confunde con 1969, puede ser corroborado por las primeras publicaciones de Nuestro Mundo y por los testimonios de Hector Anabitarte, uno de sus fundadores.
Según el artículo ya citado de Néstor Perlongher, durante dos años enviaron incesantemente panfletos e informes sobre la liberación gay a los periódicos porteños. En agosto de 1971, junto con otras 5 organizaciones formaron el Frente de Liberación Homosexual (FLH). El FLH llegó a integrar diez grupos, además de Nuestro Mundo, eran Eros, Profesionales, Safo (grupo de lesbianas), Bandera Negra (anarquistas), Emanuel (cristianos) y Católicos Homosexuales Argentinos los más importantes. El FLH también editó hasta 1976 la revista Somos, la primera de su tipo en Argentina.
1999
% complete
La Sentencia C-507 de 1999 fue determinante: declaró inconstitucional la norma que señalaba como una falta al honor militar la realización de “actos homosexuales”. Entonces el alto tribunal dijo: “Incluir como falta contra el honor militar el hecho de ‘ejecutar actos de homosexualismo’ comporta un estigma a la opción homosexual y desconoce aspectos que corresponden a la esfera íntima del individuo, los cuales, si se ejercen en forma responsable y en el ámbito de su privacidad, no tendrían por qué interferir con su condición de militar”. Asimismo, la C-431 de 2004 resultó clave: allí se declararon inconstitucionales algunos apartes del Reglamento de las Fuerzas Militares. También la tutela T-476 de 2014 eximió a las mujeres trans del requisito de la libreta militar.
2014
% complete
En estos dos temas, los más espinosos de todo el debate alrededor de los derechos de la población LGBTI, ha habido tres sentencias claves. La primera, la C-577 de 2011, que reconoció, por primera vez, a la familia homosexual. No obstante, se quedó corta al decidir sobre la posibilidad del matrimonio de parejas del mismo sexo, al dejarle esa tarea de reglamentación al Congreso, con un plazo no mayor a dos años. Plazo que el Parlamento no cumplió. A este fallo, trascendental en la medida en que modificó el paradigma de familia tradicional conformada por un hombre y una mujer, se sumó la tutela T-276 de 2012, que le jaló las orejas al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar por las trabas en el trámite de adopción de dos niños por parte del periodista estadounidense Chandler Burr, de orientación homosexual.Finalmente, la SU-617 de 2014 le abrió la puerta a la adopción consentida, es decir, a la posibilidad de que un homosexual adopte al hijo biológico de su pareja, con el requisito de que los tres hayan convivido durante un tiempo no menor a dos años. Una posición que fue reiterada recientemente. La comunidad LGBTI espera ahora que la Corte dé el paso que falta: la aprobación de la adopción por parte de parejas del mismo sexo. La votación sobre este candente debate quedó empatada hace casi un mes. Los magistrados Jorge Iván Palacio, Luis Ernesto Vargas, María Victoria Calle y Gloria Ortiz votaron sí a esta posibilidad. En la otra orilla se ubicaron Jorge Pretelt, Gabriel Mendoza, Luis Guillermo Guerrero y Martha Sáchica. Todo, pues, quedará en manos del conjuez Jaime Córdoba.