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Los médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional que formen parte de los servicios médicos de la empresa, tendrán la guarda y custodia de la historia clínica ocupacional y son responsables de garantizar su confidencialidad (Artículo 16 Resolución 2346 de 2007 modificado por la Resolución 1918 de 2009).
Julio 31 Año 2014
Decreto 1443:implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SEG-SST)”
1904
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General Rafael Uribe Uribe
Fue el primero en plantear una plática orientada hacia la salud de los trabajadores. En el teatro Municipal de Bogotá.
Año 1910
El General Uribe Uribe pidió que se indemnizarán los trabajadores por Accidentes Laborales.
Ley 57 de 1915
Rafael Uribe Uribe Propuso un proyecto de Ley sobre Accidentes de Trabajo el cual fue aprobado en el Congreso y vino a ser la Ley 57 de 1915.
1934
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Se creó la oficina de medicina laboral, esta dependencia comenzó a nivel nacional con sede en Bogotá y tenía como actividad principal el reconocimiento de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales y de su evaluación en materia de indemnizaciones.
Esta oficina central organizo dependencia en las principales capitales hasta formar una red que fue denominada Oficina Nacional de Medicina e Higiene Industrial y quedo incorporada al Ministerio del Trabajo.
1935
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Se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo y en julio primero de 1936 empezó a regir la ley.
Año 1938, la Ley 53.
Se otorgo protección a la mujer embarazada dándole derecho a ocho semanas de licencia remunerada en la época del parto.
Año 1945
En Colombia se estableció la Legislación sobre Salud Ocupacional y en la cual figura la primera Ley sobre Normas de Salud Ocupacional. (Ley 6 de 1945)
1950
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Año 1950
Se expide el Código Sustantivo del Trabajo, con el cual se establecieron múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como: la Jornada Laboral, el Descanso Obligatorio, las Prestaciones entre otras.
1964 Decreto 3170
Aprueba el Reglamento del Seguro Social obligatorio para accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
1979
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Se dictan las medidas sanitarias en las empresas.
LA LEY 9 DE 1979 TITULO 3:
ARTÍCULO 80: Para preservar, conservar la salud de los individuos en sus opciones presente ley establece normas tendientes a:
a) Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;
b) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos, químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos oros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo
22 Mayo 1979
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Ministerio de Trabajo Y Seguridad Social
Por la cual se establecen algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. a) Dar cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución, y demás normas legales en Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, elaborar su propia reglamentación, y hacer cumplir a los trabajadores las obligaciones de Salud Ocupacional que les correspondan.
1983 - 1984
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Mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional ,Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional.Se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional
1986
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Artículo primero Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas, que tengan a su servicio diez o más trabajadores, están obligadas a conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya organización y funcionamiento estará de acuerdo con las normas del Decreto que se
reglamenta y con la presente Resolución.
1991
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Consagra algunos de los principios formulados en la ley.
En el articulo 25 considera el derecho al trabajo como una obligación social y goza de protección del Estado.Decreto 1609 de julio 31 de 2002.EL CONGRESO DE COLOMBIA DECRETA:ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES.ARTÍCULO 2. INCAPACIDAD TEMPORAL.ARTÍCULO 3. MONTO DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL
2008
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El 24 de abril el Ministerio de la Protección Social, modifica la Resolución 634 de 2006.Resolución 2646 del 17 de Julio de 2008:se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención y monitoreo. Resolución 3673 de 2008: Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas