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2007
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El 20 de septiembre del mismo año, el dictamen de referencia se aprueba por unanimidad y
en la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibe la minuta en cuestión, la cual fue turnada
a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos, para los efectos
constitucionales conducentes.
2008
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El 25 de noviembre de 2008, se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional13 con la finalidad de reconocer
el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo, tal cual a
continuación se transcribe:
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o
posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive
la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y
cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual
establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones
de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los
derechos de terceros.
2009
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El 19 de marzo de 2009, la Cámara de Senadores realizó el escrutinio de los votos de las
legislaturas de los Estados y emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto,
publicándose la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril del 2009.
De este modo el Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección
de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad
humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que
circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información. Con la aprobación de dichas
reformas se reafirman las bases para la creación de una ley en la materia que legisle el tratamiento de
datos personales en posesión del sector privado
2010
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Desde julio de 2007 se comienzan acciones con la intención de legislar la protección de datos
personales en posesión de las empresas particulares. Sin embargo, no es sino hasta después de tres
años y tras algunas modificaciones a artículos referentes al derecho de la información contenidos en
la Constitución Mexicana, que se produce la transformación como un organismo público
descentralizado de la Administración Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal
de Acceso a la Información y Protección de Datos, al cual se le nombrará IFAI, para lograr la
publicación en julio de 2010 del decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP.
2014
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El día 7 de febrero el Ejecutivo Federal decreta que se modifica el artículo 6, apartado A, fracción VIII
Establece que la Federación contará con un organismo totalmente autónomo que será el encargado de cuidar de los datos personales
2015
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el Ifai se transformó en el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).
2015
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con la publicación de la Ley General de Transparencia,
Previo a la aprobación y entrada en vigor de la nueva ley, promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el pasado lunes, el entonces Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) modificó su estructura.