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2.000 b.c - 1520
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La principal forma impositiva estuvo representada por el tributo, el cual tuvo su origen y fundamento en la creación de los oficios y los servicios necesarios para la existencia colectiva. Los tributos eran pagados en su mayor parte por las clases inferiores o macehuales (clase productora formada por artesanos, labradores y comerciantes), los cuales servían para sostener a las clases dirigentes (gobernantes, sacerdotes y guerreros). El tributo consistía en prestaciones materiales, las cuales dependían de la actividad a la que se dedicara el individuo. Entre los principales productos que los labradores daban en tributo se encontraban el maíz, frijol, cacao, algodón, además de frutos, peces y otros animales. Nunca existió un sistema tributario uniforme, ya que unas veces se les podía exigir una determinada cantidad y otras otra diferente .
1521 - 1810
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Al llegar la conquista española las normas europeas se fueron estableciendo de forma gradual, de tal modo que durante el siglo XVI éste seguiría manteniendo sus principales características consistiendo en prestaciones materiales y servicios
Se establecieron nuevos tributos, siendo éstos de dos tipos:
a) Directos:
• Moneda foránea: capitación que el rey cobraba en reconocimiento de señorío.
• Aljamas o morerías: capitaciones que pesaban sobre los judíos y los moros en territorio castellano.
• Fonsadera: contribución para los gastos de guerra que pagaban por la exención militar los obligados a prestarlo.
• Otros: como los yantares, la facendera, la anubda y el chapín de la reina.
b) Indirectos:
• La alcabala
• El almojarifazgo, tributo que gravaba las mercancías que pasaban de Castilla a otros reinos o de éstos a Castilla.
• Los de portazgo, pontazgo y barcaje.
La alcabala fue una de las figuras más importantes, era un impuesto que gravaba todas las transacciones mercantiles y que era trasladable hasta el comprador final, no importa si se trata de primera venta, segunda, tercera por lo tanto se le considera un impuesto indirecto. Era un pago obligatorio para todo tipo de personas, pero existían ciertas excepciones, como lo eran las viudas y huérfanos
Existían tres sistemas en el cobro de las alcabalas:
Administración directa por funcionarios reales.
Arrendamiento a particulares.
Encabezamiento por parte de determinados organismos, tales como los ayuntamientos y los consulados de comercios.
1810
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La implementación del ISR en México como resultado de la
influencia de las ideas socialistas nacidas de la Revolución proviene
de un lento proceso que se origina en 1810.
No obstante se puede considerar a Matías Romero como el
precursor del ISR, argumentando que “una sola contribución directa
general, impuesta sobre la propiedad raíz y el capital mobiliario sería
más equitativa y produciría más recursos al erario público que las
que ahora se cobran”. Sin embargo hubo problemas al tratar de implementarlo en este periodo.
1810 - 1910
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Al lograr México su independencia, se continuó con un sistema tributario similar al colonial, favoreciendo a las clases con mayor poder económico y politico, afectando a la clase baja y a ciertas industrias como la del tabaco, tejidos o alcohol.
Entre las principales acciones fiscales realizadas en este
periodo se encuentran:
Transformar el antiguo impuesto del papel sellado en sellos
móviles (estampilla),
Se abolieron las tarifas que encarecieron los artículos
extranjeros y se eliminaron los gravámenes sobre
exportaciones que dañaban a la producción nacional,
Con relación a la minería:
Libre exportación de la plata en pasta,
libre exportación de mineral de piedra y polvillos.
supresión de los impuestos a la minería y
establecimiento de un impuesto único sobre utilidades mineras.
1869 - 2019
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Matías Romero en ese entonces Secretario de Hacienda, estableció el ISIM (Impuesto sobre Ingresos Mercantiles) conocida como la "Ley del Timbre", creada para regular el pago de tributos.
En 1980 Portillo convirtió el ISIM en el IVA y empezamos a pagar el 10%.
En 1983 se implementa la tasa del 6% en alimento y medicinas industrializados, por otra parte sube la tasa al 15% y se impone la tasa del 20% por artículos de lujo.
En 1991 baja la tasa al 10% y se elimina la tasa del 20% en artículos de lujo.
En 1995 se vuelve incrementar la tasa general del 10% al 15% llamada la famosa "Roqueseñal".
En 2010 la reforma fiscal propuesta por los partidos del PRI y PAN incrementó el IVA del 15% al 16%.
En 2015 empezamos a pagar 16% de IVA en alimentos preparados.
1910 - 1917
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El sistema tributario se modernizó en gran medida a lo largo del siglo XX.
1917 - 1940
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Con relación a la industria durante el periodo de 1917 a 1940 se crearon 28 impuestos.
Durante el periodo citado se crearon gravámenes de tipo general y gravámenes específicos, en algunos casos estos fundamentaron su existencia debido a su productividad, como por ejemplo en petróleo, tabacos, gasolina, alcoholes, etc.
Se desprenden tres conclusiones importantes: 1. Existió un impuesto vertebral que abarca todas las actividades de la industria. 2. Los impuestos específicos solamente afectaron unas cuantas industrias como la del petróleo, azúcar, energía eléctrica, etc. 3. Entre los principales progresos en este periodo se encuentran la supresión de los impuestos a las industrias de hilados y tejidos y de bebidas gaseosas.
1944 - 1948
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En el periodo 1944-48 la captación por ingresos ordinarios con respecto al ingreso nacional fueron del 6.6%. Sin embargo, durante este periodo el factor común fue el estancamiento de los ingresos tributarios respecto a los ingresos totales. Por lo tanto se hizo necesario en los años de 1948 y 49 realizar diversas reformas fiscales, a fin de lograr mayor progresividad y equidad al sistema fiscal. Entre las principales reformas adoptadas en este periodo se encuentran: Sustitución del impuesto del timbre por el de ingresos mercantiles. Modificaciones al impuesto sobre la renta Creación del impuesto sobre utilidades excedentes y de la sobretasa adicional del 15% sobre exportaciones.
1978 - 1981
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Su principal objetivo fue combatir los efectos distributivos adversos de la inflación, además de reducir las distorsiones implicadas por el efecto cascada del impuesto sobre ingresos mercantiles.