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MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
PROFESOR: MTRA. NORMA ELENA LEZAMA COUTIÑO
ALUMNO: MAYCON ROJAS FUENTES
MATRICULA: 201445036
550 - 600
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El primer antecedente y el más relevante es el conflicto, La historia de la mediación como resolución de controversias está ligada a la propia historia del hombre. El conflicto y su posterior resolución siempre han estado presentes a lo largo de la evolución de la sociedad, con la intervención de un tercero imparcial que ayudaba a las partes en conflicto a alcanzar una solución satisfactoria para ambos.
En muchas de las antiguas civilizaciones ya estaba presente, como en el caso de la antigua China, los recursos básicos para la resolución de conflictos eran la conciliación y la mediación. Según Confucio en el 550 a.C., los conflictos se solucionaban con la “persuasión moral y el acuerdo, y no bajo coacción
En Japón, las discrepancias eran resueltas a través del líder de la población, quien se instituía en la figura mediadora y ayudaba a los miembros de la población a la consecución de las soluciones para la resolución del conflicto. Posteriormente se aprobaron disposiciones legales para que los tribunales japoneses emplearan la conciliación de forma habitual.
550
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En la antigua Grecia, donde existían los tesmotetes, que eran las personas encargadas de analizar el origen del conflicto y basándose en el análisis de las causas, intentaban que las partes llegaran a un acuerdo celebrado por ellas.
1800 - 1900
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Por lo que respecta a España se discute si la conciliación tuvo o no su origen en el fuero Juzgo, y aparece en las siete partidas mediante la institución de los amigables componedores consolidándose en Francia y España
1812
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La figura de la conciliación se introdujo en forma permanente en España y con ello en mexico como requisito previo para entablar cualquier juicio por la constiticion de cadiz de 1812 y posteriormente en Mexico , la ley para el arreglo de los procedimientos judiciales ante tribunales y Juzgados de distrito y territorios
1857 - 1986
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El 4 de mayo de 1857 se incluyo un juicio verbal con la obligación de exhortar a las partes a una composición amigable y ademas estableció una instancia de conciliación obligatoria al disponer que ninguna demanda fuese civil o criminal sobre injurias personales.
El código de procedimientos civil del distrito federal de 1932, la regular la justicia de paz obliga al juez a exhortar a las partes antes de pronunciar el fallo a una composición amigable y en 1986 se reforma dicho código siguiendo modelos extranjeros para introducir el articulo 272-a una audiencia previa y de conciliación que no ha resultado en la practica.
1987
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EL tipo de conciliación que hasta ahora se conoce y practica en el país tiene una naturaleza distinta y es ajena al concepto moderno de medios alternativos de solución de controversias.
1990
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Los ejemplos de aplicacion de diversos MASC son numerosos e ilustrativos de su utilidad practica, cabe mencionar que en los E.U. dos ordenamientos legales fueron promulgados durante la administración del presidente George Bush
El primer documento para acreditar la tenencia de la tierra es el documento que emito el Papa Alejandro Sexto, quien emite tres bulas para acreditar las propiedades dentro de los territorios descubiertos: Inter Coetera, emitida el 3 de mayo de 1493, que impone la línea de dominación entre España y Portugal. Como lo hemos señalado anteriormente, la tenencia de la tierra entre los aztecas, eran las tierras públicas, comunales y las de conquista. Por lo que se refiere a la tenencia de la tierra pública, estas tierras estaban comprendidas en el Tlatocallalli que eran las tierras del señor.
Luego entonces la evolución del derecho agrario surge partir de la época prehispánica, donde la tierra se entregada a un grupo de personas que la trabajaban el CALPULLI este no podía transferir la tierra que se les daba y la debían trabajar 2 años, a la llegada de los españoles en 1521 Inicia la producción de normas de acuerdo a la leyes de Indias , en el año de 1810 dentro de la propiedad colectiva existía el exitus que en latín significa salida, de donde proviene la palabra EJIDO, eran tierras que se ubicaban a la orilla del pueblo , para que la gente descansara, en la época de 1521 a 1810 el ejido seria un parque de recreo, en el año de 1856 de la ley desamortización , la iglesia pierde las propiedades que tenia debido a que tenia en su posesión casi tres cuartas partes del territorio nacional
en el mismo año surge la figura del DENUNCIO figura que al acudir al juez adquiría la propiedad, la tierra paso de la iglesia a otras pocas manos los señores feudales o hacendados, para el año del Porfiriato este apoya a los caciques creando las haciendas, y en 1910 estalla la revolución, en 1857 el estado no reconoce los títulos virreinales que se le dieron a los indígenas, en el año 1917 en el articulo 27 se establecen las acciones de Dotación y Restitución , DOTACIÓN dar a los colectivos tierra con las mismas características del CALPULLI, y RESTITUCIÓN devolver las tierras que fueron despojadas a los pueblos indígenas ya en el año 1917 a 1992 el reparto agrario, es el momento donde mexicano crea ejidos y comunidades agrarias con base a la figura del ejido.