Se decido después de la 2° guerra mundial, a través de la declaración de los derechos humanos universales ( Derecho de la vida privada de las personas)
Se establecieron los principios generales que rigen el tratamiento de datos personales en posesión de los entes públicos (conocimiento, seguridad, calidad)
se publican los lineamientos por el IFAI.
El capitulo IV establece un marco que regula la obtención, uso y manejo de los datos personales en dependencias federales
Se presenta ante el pleno de la cámara de Diputados un proyecto de derecho para reformar el articulo 73 (legislar en materia de protección de datos en posesión de los particulares)
se aprueba dicho proyecto
El senado recibe la minuta por las comisiones unidas de puntos constitucionales y estudios legislativos
Se aprueba por fin el dictamen con una pequeña modificación en la comisión de puntos constitucionales del senado de la república. El 4 de diciembre de mismo año se aprueba en la cámara de senadores
Se presenta ante la cámara de senadores y se reconoce el derecho a la protección de datos personales (garantía fundamental y autónoma)
Dicha reforma antes mencionada se reconoce a nivel nacional en el sector publico
Regula su tratamiento legitimo, controlando e informando la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas en el sector privado .
Prevé los principios de: finalidad, calidad, proporcionalidad y responsabilidad