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1700 bc
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También conocida como venganza de sangre o época bárbara. En esta etapa no existía un Estado ni un gobierno que ejerciera el poder público, los individuos que se sentían ofendidos acudían a una defensa individual y cada quien se hacia justicia por su propia mano; es así como surge la ley del talión "ojo por ojo, diente por diente".
Con el paso del tiempo surge otra figura para limitar la venganza, conocida como sistema de composiciones, por medio de la cual el ofensor podía pagar para que no se le aplicara cierta sanción como resultado de la venganza.
1300 bc
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En la época teocrática se sustituye la voluntad individual del vengador por una voluntad divina, en esta etapa la imposición de las penas y sanciones se hallaba en las manos de la clase sacerdotal. El derecho de castigar proviene de la divinidad y el delito constituye una ofensa a ésta.
450 aC
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Durante esta etapa, se empieza hacer distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho lesione de manera directos los intereses de los particulares o el orden público, los tribunales juzgan en nombre de la colectividad.
La represión penal que pretendían mantener a toda costa la tranquilidad pública, se convierte en una mera venganza pública que llego a la aplicación de penas inhumanas y totalmente desproporcionada.
1800
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Surge como reacción a la excesiva crueldad imperante a la aplicación de las penas de la época de la venganza pública. Dentro de esta corriente se impugna por la exclusión de crueldades innecesarias, se propone la certeza contra las atrocidades de las penas, se preconiza la peligrosidad del delincuente como punto de mira para la determinación de las sanciones aplicables y se urge por una legalidad de las delitos y de las penas.
1850
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En esta etapa comienza a cobrar auge el estudio de derecho penal en la que surgen diversas teorías como son:
* El surgimiento del principio "no hay crimen sin ley, no hay pena sin ley" (Kant)
* El derecho de defensa es el fundamento del derecho penal, afirmándose que la legitima potestad de castigar se origina en la necesidad de usar la pena para conservar el bienestar social. (Romagnosi)
1900
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Movimiento jurídico filosófico anteriores a las doctrinas; su principal exponente es Francisco Carrara.
Las concepciones o tendencias de esta escuela son: Igualdad, delito, libre albedrío, entidad del delito, imputabilidad moral, pena proporcional al delito, método deductivo y teológico.
1950
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También conocida como "positivismo criminológico" aparece a mediados del siglo XIX en contra de la escuela clásica, se fundamenta en bases científicas que corresponden a las ciencias naturales.
Sus principales exponentes son los pensadores italianos Cesar Lombroso, Enrique Ferri y Rafael Garofalo.
1990
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Surge posteriormente a la escuela clásica y a la escuela positiva aceptando parcialmente sus postulados y constituyendo por consecuencia una postura ecléctica entre ambas. Los principales percursores Alimena y Carnevale.
Los principios básicos son:
1.- Imputabilidad: basada en la dirigibilidad de los actos del hombre.
2.- La naturaleza de la pena: radica en la coacción psicológica.
3.- la pena tiene como fin: la defensa social.