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11 June 2002
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La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental es publicada en el Diario Oficial de la Federación. En un capitulo se publican los principios generales del tratamiento de datos
personales.
https://encrypted-tbn0.gstatic.com/images?q=tbn:ANd9GcSXuVZVgjwmlaPqEqtATY1qWlVaug5X5FGk0GL9NTzdnmTGRYpS
11 July 2002
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Reforma leyes en 2 libros los cuales hablan sobre el conocimiento y control a la protección de datos personales. La Camara de Diputados aprueba estas reformas por su estudio y valoración con las Comisiones Unidas de Gobernación, Función Publica y justicia, regula la protección de datos personales en posesión de autoridades públicas
30 September 2005
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El pleno del instituto Federal de Acceso a la Información Pública, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 fracción IX de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental, y 2 fracción II, 47 y 62 fracciones I y II de su reglamento.
El IFAI publica los lineamientos para la Protección de Datos Personales:
Capitulo I: Disposiciones Generales.
Capitulo ll: Principios Rectores de la Protección de los Datos Personales.
Capitulo lll: Del Tratamiento.
Capitulo lV: De la Transmisión.
Capitulo V: De la Seguridad de los Sistemas de Datos Personales.
Capitulo VI:Del Sistema "Persona"
Capitulo VII: Del Instituto.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/81458/LINEAMIENTOS_13.pdf
20 July 2007
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La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
30 April 2009
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Artículo Único.- Se adiciona la fracción XXIX-O al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 73. El Congreso tiene facultad:
I. a XXIX-N. ...
XXIX-O. Para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
XXX. ...
http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5089047&fecha=30/04/2009
1 June 2009
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Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_187_01jun09.pdf
5 July 2010
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"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES Y SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 3, FRACCIONES II Y VII, Y 33, ASÍ COMO LA DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO II, DEL TÍTULO SEGUNDO, DE LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL.
Capítulo I: Disposiciones Generales
CAPÍTULO II: De los Principios de Protección de Datos Personales
Capítulo III: De los Derechos de los Titulares de Datos Personales
Capítulo IV: Del Ejercicio de los Derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición
Capítulo V: De la Transferencia de Datos
Capítulo VI: De las Autoridades
Capítulo VII: Del Procedimiento de Protección de Derechos
Capítulo VIII: Del Procedimiento de Verificación
Capítulo IX: Del Procedimiento de Imposición de Sanciones
Capítulo X: De las Infracciones y Sanciones
Capítulo XI: De los Delitos en Materia del Tratamiento Indebido de Datos Personales
26 January 2018
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ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL PROGRAMA NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
El Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, con fundamento en lo establecido por los artículos 10, 12, 14, fracción XVIII y Sexto Transitorio de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; así como en el artículo Tercero Transitorio de los Lineamientos para la elaboración, ejecución y evaluación del Programa Nacional de Protección de Datos Personales, tiene dentro de sus atribuciones aprobar, ejecutar y evaluar el Programa Nacional de Protección de Datos Personales, que de conformidad con los lineamientos citados el Programa 2018-2022 deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar a un año de la entrada en vigor de la normativa en comento, así como la de emitir acuerdos para dar cumplimiento a las funciones del Sistema Nacional de Transparencia, establecidas en el artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y demás disposiciones aplicables.