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1981 - 1985
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Ley de trabajo para personas con limitaciones físicas, sensoriales e intelectuales. (DEROGADA)
Resumen de Ley N° 23285:
Bonificación contable del 50% sobre el monto integro de mano de obra para empresas del sector privado y público que den ocupación a estas personas.
Obtención de certificado para personas que deseen trabajar extendido por entidades autorizadas por el Estado Peruano.
Las personas con discapacidad que ingresen a trabajar en empresas bajo esta modalidad deberán percibir todos los beneficios por ley.
Actores: Las entidades y empresas del sector público y no público. Ministerio del trabajo, SUNAT.
1985 - 1998
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Ley de promoción, prevención, rehabilitación y prestación de servicios al impedido, a fin de lograr su integración social. (DEROGADA)
Resumen Ley N° 24067:
Regulación del sistema de prestaciones de salud y servicios de educación, trabajo y promoción social.
1998 - 2012
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Ley General de la Persona con Discapacidad (DEROGADA)
Resumen Ley N° 27050:
Establece alcance del desarrollo e integración social, económica y cultural.
Establece derechos y roles del Estado y familia.
Creación de Consejo Nacional de la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS
Certificación y Registro por parte del CONADIS
Establece disposiciones contra la discriminación de personas con discapacidad.
Fomento de programas a través del CONADIS en coordinación con el Ministerio del Trabajo y Promoción Social.
Deducción de gastos sobre importe total de remuneraciones
Definición de Empresas Promocionales para las Personas con Discapacidad.
Actores:
El Estado en coordinación con PROMUDEH declararon esta ley.
Javier Diez Canseco Cisneros fue un actor clave pues lideró una campaña para que en el Perú se promulgue la ley de las personas con discapacidad, él conocía en carne propia lo que significa ser tratado de manera excluyente, pues una terrible polio, le hizo desde el primer año de vida saberse “diferente”. De allí que en su perfil de Twitter se decribió como “…una persona con discapacidad y activista de DDHH”.
Además, la ley referida por la ciudadana fue gestionada en atención a las diversas solicitudes del colectivo de personas con discapacidad y con el apoyo de la Comisión de Mujer y Desarrollo del Congreso de la República. Es así que, con fecha 14 de diciembre de 1998, se aprueba por el Pleno del Congreso el Proyecto de la Ley N° 27050.
2012 - 2018
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Ley General de la Persona con Discapacidad (VIGENTE)
Resumen de Ley N° 29973:
Establece el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad.
Promueve la inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.
Derecho a accesibilidad desarrollado.
Derecho al trabajo en igualdad de condiciones, oportunidades y remuneración.
Medidas de fomento y bonificacion en concursos públicos de méritos.
Cuota de empleo de entidades públicas: 5% de la totalidad de su personal.
Cuota de empleo de empleadores privados: No inferior al 3% si cuentan con más de 50 trabajadores en planilla.
Derecho a ajustes razonables en el lugar de trabajo y deducción adicional de impuesto a la renta de tercera categoría sobre gastos de ajustes razonables.
Empresas promocionales de personas con discapacidad.
Actores:
-Congreso de la República
- Estado
- Ministerio del trabajo
2013
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Modificatoria de la Ley vigente.
2015
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Modificatoria de ley vigente (artículo 20)
2003 - 2007
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Actores:
CONADIS (MInisterio de la mujer)
Tenía como objetivo promover el acceso incrementar las oportunidades de empleo digno dependiente e independiente de las personas con discapacidad.Lamentablemente, este plan no logró impulsar su participación en el mercado ordinario de trabajo ni asegurar la existencia de distintos niveles de empleo protegido.
2009 - 2018
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Actores :
Directivo conformado por el CONADIS agrupa a miembros del sector público, Estatal, sociedad civil y empresa privada quienes se encargan de gestionar el diseño del Plan de manera transversal.
El CONADIS está constituido por los siguientes miembros:
a) Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien lo presidirá;
b) Un representante del Ministerio de Defensa;
c) Un representante del Ministerio del Interior;
d) Un representante del Ministerio de Educación;
e) Un representante del Ministerio de Salud;
f) Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción Social;
g) Un representante del Ministerio de la Presidencia;
h) Un representante del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano;
i) Un representante del Seguro Social de Salud - ESSALUD;
j) Un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas;
k) Un representante de las Instituciones privadas de rehabilitación y educación especial de nivel nacional;
l) Tres representantes, uno por cada tipo de discapacidad, elegidos entre los integrantes de las Asociaciones de Personas con Discapacidad, legalmente constituidas; y,
m) Un representante de las Asociaciones de familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental, legalmente constituidas."
1998 - 2018
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Convenio del CONADIS con las Municipalidades
El CONADIS convendrá con las Municipalidades, en lo que fuera pertinente, para que en su representación vigilen el cumplimiento de esta Ley y su Reglamento, extendiendo los alcances sociales, integradores e inclusivos de la Ley a todo el territorio nacional. Los gobiernos locales, por su parte, preverán la formación de oficinas de protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad.
2015 - 2018
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El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Daniel Maurate, destacó la incorporación de la perspectiva de discapacidad en dichos servicios. “Creemos en la necesidad de adaptar nuestros servicios a las necesidades de las personas con discapacidad para promover inserciones laborales formales y sostenibles”, dijo.
Se hicieron modificaciones a la bolsa laboral web y adaptacion de servicios especiales para personas discapacitados en los centros de empleo en todo el Perú.