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1808
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En México, entonces Reino de la Nueva España, el Ayuntamiento, órgano de gobierno propio de la ciudad de México, pidió al virrey, representante del monarca en la colonia y máxima autoridad local, que se declararan nulas las abdicaciones reales y que, permaneciendo la soberanía en la Nueva España, se formara un gobierno propio hasta que Fernando VII recuperara su libertad
1810 - 1821
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la madrugada del 16 de septiembre de 1810, cuando el padre Miguel Hidalgo da el llamado "Grito de Dolores" y termina el 27 de septiembre de 1821 (11 años después) con la entrada triunfal del Ejército Trigarante, encabezado por Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero, a una jubilosa Ciudad de México. El objetivo principal de este movimiento (armado y social) era liberar a nuestro territorio del yugo español y que, en cada rincón de la Colonia se olvidase por completo el concepto de virreinato.
1812
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Elaboran la Constitución Política de la
Monarquía Española, adoptadola después en el México independiente
hasta la época de la Reforma
14 de septiembre de 1813
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José María Morelos y Pavón en Chilpancingo.
Diciembre de 1813
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España se liberó del dominio francés y Fernando VII quedó
libre.
1814
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El movimiento insurgente, a la muerte de Hidalgo, fue dirigido por el mismo José María Morelos y Pavón, quien convocó a un Congreso
Constituyente en Chilpancingo y promovió la elaboración del Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana
La Constitución de Apatzingán declaró la independencia
y soberanía nacionales; contenía una declaración de derechos; estableció la división de poderes en Legislativo, Ejecutivo y Judicial, y creó un gobierno de tres personas, al que asignó funciones limitadas en consideración a
los derechos individuales y la responsabilidad de los funcionarios públicos.
1814
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Recuperó el trono español, desconoció la Constitución de Cádiz,
persiguió a sus autores y restableció el gobierno absolutista
1820
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Encabezada por el general Rafael de Riego, obligó al Rey a jurar la Constitución y a ponerla nuevamente en vigor. La Constitución de Cádiz estaba vigente al declararse la independencia de nuestro país en 1821
1821
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Los criollos, grandes propietarios y oficiales del ejército realista, encabezados por Agustín de Iturbide, algunos españoles y los miembros de la alta jerarquía
de la Iglesia católica lograron un acuerdo con los pocos insurgentes que quedaban, en ese momento, al mando de Vicente Guerrero. En el Plan de Iguala —ratificado por el último virrey, Juan O’Donojú, en los Tratados de Córdoba— se sentaron las bases para el México independiente
como una monarquía católica, en la que las leyes españolas continuarían vigentes hasta ser sustituidas por las mexicanas; de esta forma la Constitución de Cádiz siguió rigiendo en la nueva nación.
1822
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Agustín de Iturbide prestó juramento como emperador constitucional de
México, el cual fue disuelto por el mismo Iturbide.
Fue sustituido por la Junta Nacional Instituyente —conformada con parte de los miembros del Congreso disuelto—, la cual expidió un Reglamento político provisional del Imperio, que no tuvo vigencia.
1823 - 1824
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Electo el nuevo Congreso, a finales de 1823, se reunió en el mismo lugar que su predecesor: el ex templo de San Pedro y San Pablo, donde fue discutida y redactada la primera constitución del México independiente.
El Congreso Constituyente decretó el Acta Constitutiva de la Federación Mexicana declaró la soberanía de la nación mexicana y su independencia; ordenó la república federal; creó órganos de gobierno nacionales para expedir y aplicar leyes referentes a los asuntos de interés general, y permitió que las provincias o estados expidieran, cada uno, su propia constitución y establecieran órganos de gobierno y leyes relativas a sus asuntos internos.
1836
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conformaron una constitución dispersa.
Fueron ideadas por Francisco Manuel Sánchez de Tagle, destacado jurista, siguiendo ideas conservadoras.
Se trataba de siete leyes, cada una referente a una institución específica, que abarcaban varios puntos: se estableció el Estado central, que concentraba facultades en el gobierno nacional y delegaba sólo competencias administrativas a los estados; se concedió el derecho de votar y de ocupar cargos públicos sólo a quienes tenían un determinado nivel de ingreso o renta; se incluyeron los derechos humanos, excluyendo el de igualdad; se creo un Supremo Poder Conservador
La adopción del centralismo propició la separación del estado de Texas de la república y, consecuentemente, una guerra que terminó siendo perdida por López de Santa Anna de forma vergonzosa.
Además, produjo la secesión temporal del estado de Yucatán
1853
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Antonio López de Santa Anna regresó al poder y en 1853 y su gobierno fue diseñado por Lucas Alamán, notable historiador y político, ideólogo del conservadurismo. En este periodo se emitieron las Bases para la administración de la República hasta la promulgación de la Constitución
1854
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Se inició en Ayutla, Guerrero, una revolución que finalmente logró la salida de Santa Anna, para siempre, de la presidencia de México. Se formó un gobierno provisional encabezado por el antiguo insurgente Juan Álvarez que, al poco tiempo, fue sucedido por Ignacio Comonfort, quien expidió un Estatuto Provisional de Gobierno de la República –en tanto se redactaba una nueva constitución
1855 - 1863
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Objetivo la separación de la iglesia y Gobierno o Estado.
La ley de abolición de los fueros o privilegios militar y eclesiástico (Ley Juárez); la de desamortización de la propiedad de fincas rústicas y urbanas improductivas, con la debida indemnización al propietario (Ley Lerdo), y la de regulación de los cobros por servicios eclesiásticos (Ley Iglesias).
15 de Febrero de 1857
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El 5 de febrero de 1857fue jurada la Constitución de 1857
Se denomina Reforma al proceso mediante el cual, después de una guerra civil (1857- 1860), se separó el Estado mexicano de la Iglesia sin que esto significara ataque alguno o falta de respeto a la religión ni a las creencias del pueblo
Como resultado de la revolución de Ayutla, se convocó un Congreso Constituyente que elaboró la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1857. La Constitución restableció el federalismo, la república
representativa y el derecho al voto para todos, y consignaba un capítulo de derechos humanos y de su protección a través del juicio de amparo.
1867 - 1876
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Presidencias constitucionales de Benito Juárez y Sebastián Lerdo de Tejada.
El grupo liberal respetó la Constitución y permitió elecciones libres y la integración y actuación de los poderes conforme a derecho. Las libertades
personales y ciudadanas se respetaron. A la muerte de Juárez, en el año de 1872, Lerdo de Tejada asumió la presidencia.
25 de septiembre de 1873
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31 de enero de 1917
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El Congreso celebró su primera sesión el 1 de diciembre y se clausuró el 31 de
enero de 1917, celebrando seis sesiones preliminares y dedicando sesenta a la elaboración de la Constitución. En la sesión inaugural, el primer jefe leyó a la asamblea un mensaje que acompañaba al proyecto, al que él mismo calificó como la Constitución de 1857 reformada. En realidad, el resultado fue una nueva Constitución, la de 1917, aún vigente.