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03/19/1812
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Se consagra la manera de elegir a diputados, que durarían dos años, serían elecciones indirectas y correspondían a los tres niveles gubernamentales: Municipal, Distrital y Provincial.
• Derecho a votar únicamente:
Varones descendientes por línea paterna y materna de ciudadanos españoles, radicados en territorio perteneciente al imperio español.
Hijos de padres extranjeros nacidos en cualquiera de las provincias, y que fueran mayores de 21 años, que ejerciesen una profesión o un oficio útil, los casados, viudos o solteros, con residencia fija y ocupación honesta de vivir.
Jornaleros, arrieros, pastores, por no considerarse como trabajadores domésticos.
• No podían votar:
Sirvientes, mozos de establo, porteros, cocineros, camareros y mensajeros
Por ley, previo a que se desarrollara la jornada electoral parroquial, se oficiaba una misa.
Había obligación de voto sin excepción alguna.
Prohibido portar armas en las casillas.
El elector se presentaba ante las autoridades electorales y manifestaba el nombre del ciudadano que elegía para el cargo de diputado.
Concluida la jornada electoral, los jueces computaban los votos y declaraban al electo por mayoría absoluta de votos.
1836
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Se eligen cargos a nivel federal:
Presidente de la República: Jefe de Estado y de Gobierno electo para un periodo de cuatro años, podía ser reelecto para el periodo inmediato.
Vicepresidente de la República: Sustituto constitucional
del Presidente, electo para el mismo periodo.
Senadores: 22 electos, miembros de la cámara alta del Congreso
de la Unión, 1 por cada uno de los estados de la Federación, todos por un periodo de cuatro años.
Diputados Federales: 122, miembros de la cámara
baja del Congreso de la Unión, elegidos de manera directa
por cada distrito electoral de la Federación, todos
por un periodo de tres años.
12/30/1836
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Dan inicio a la etapa de gobierno centralista en México, se anulan las
reformas, se disuelve el congreso, se establecen procedimientos electorales, requisitos para votar, nombramiento de diputados.
Consecuencias graves del cambio gubernamental:
Independencia de Texas, separación de Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.
Declaración de independencia de Yucatán.
1846
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Se organizaron elecciones, en la que se renovaron a los siguientes cargos:
• Presidente de la República.
• Vicepresidente de la República.
• 50 Senadores
• 208 Diputados Federales.
1854
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Antonio López de Santa Anna es depuesto de la presidencia.
1856
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Como consecuencia de la deposición de Antonio López de Santa Anna, se inician los trabajos para crear una ley fundamental.
02/05/1857
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Es promulgada la Constitución de 1857, en donde se consagra a la república Mexicana, como una república representativa, democrática y federal, dividiendo el poder en Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
Método de elección directo.
Desaparece el cargo de vicepresidente, en caso de que faltara el jefe del Ejecutivo, en su lugar quedaría el presidente de la Suprema Corte de Justicia.
Cada diputado representaría a 40 mil habitantes y debería tener por lo menos 25 años de edad.
Geografía electoral, el país estaba dividido en distritos electorales formados por 40 mil habitantes.
Las autoridades de cada estado debían convocar a elecciones, luego de lo cual cada ayuntamiento debía dividir sus municipios en secciones de quinientos habitantes cada una. Cada ayuntamiento nombraba a una persona que se encargaba de empadronar a los quinientos habitantes de cada sección, y tres días antes de las elecciones tenía
que entregarle a cada votante su boleta electoral, quien tenía que firmarla en caso de que supiera escribir.
No podían votar: Vagos, ebrios, los de “mala fama” quien hubiera perdido la nacionalidad mexicana.
Prohibido acudir a votar armado, la tropa no podía ir de uniforme.
Cualquier asunto debía ser resuelto por los funcionarios de casilla.
Los electores de las secciones se reunían en una junta electoral de distrito. Luego de demostrar que habían obtenido su cargo legalmente (vía la presentación de un documento expedido por su ayuntamiento) se realizarían las elecciones durante tres días: el primero para elegir diputados, el segundo para presidente y el tercero para presidente de la Suprema Corte de Justicia.
1909
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Su lema principal fue “Sufragio Efectivo, No-Reelección".
11/06/1911
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Se designó a Francisco I. Madero y José María Pino Suárez como Presidente y Vicepresidente
12/1911
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Se aprobó la nueva ley electoral, en la que destacaba el reconocimiento a la personalidad jurídica de los partidos políticos y la emisión del sufragio de manera secreta.
1916
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Ley Electoral marca un retroceso, en virtud de que se establecía que la boleta electoral tendría que ir firmada por el ciudadano que emitía su voto.
1917 - 1945
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Se establece un medio de impugnación de carácter contencioso judicial en contra de las decisiones del Congreso, denominado recurso de reclamación para solicitar la nulidad solamente aplicada a los votos fraudulentos (no a toda la elección).
Con las disposiciones constitucionales expedidas, las entidades federativas procedieron a modificar su legislación electoral, destacando
los siguientes rubros:
• Clases de elecciones en el Estado;
• Bases para las elecciones;
• Ciudadanos que tienen derecho a votar y ser votados;
• Requisitos para ser Diputados;
• Requisitos para ser Gobernador del Estado;
• Requisitos para ser miembro de un Ayuntamiento;
• De los conciliadores;
• De las secciones electorales;
• De los individuos que deben formar las mesas electorales;
• De las elecciones;
• De la computación de votos en las mesas electorales;
• De las juntas computadoras de votos para diputados;
• De la instalación de la Legislatura;
• De las elecciones de Ayuntamientos y Jueces Conciliadores;
• De las Juntas computadoras de votos para Ayuntamientos y Jueces Conciliadores;
• De las causas de nulidad de las elecciones;
02/05/1917
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La Constitución instituye a la Junta Empadronadora, las Juntas Computadoras Locales y los Colegios Electorales como organismos encargados de organizar y calificar los procesos para elegir al presidente de la República y los miembros del Congreso de la Unión.
1946
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El Presidente Manuel Ávila Camacho promulga la Ley Federal Electoral y crea la Comisión Federal de Vigilancia Electoral, conformada por el
Secretario de Gobernación y otro miembro del gabinete, un diputado, un senador y dos representantes de los partidos políticos con mayor
relevancia.
De igual forma, la Ley ordena la creación de comisiones electorales locales y el Consejo del Padrón Electoral.
1951
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El Congreso de la Unión aprueba reformar la Ley Federal Electoral para que la Comisión Federal de Vigilancia Electoral pueda arbitrar el registro de nuevos partidos políticos y emitir constancias de mayoría.
1973
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Desaparece la Comisión Federal de Vigilancia Electoral y, en su lugar, el Congreso de la Unión aprueba la creación de la Comisión Federal electoral. En este órgano participan con voz y voto, los representantes de todos los partidos políticos con registro legal.
1977
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El Gobierno Federal expidió la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LOPPE), cuya principal aportación fue permitir el
ingreso a la vida institucional de fuerzas políticas “no incluidas” y propiciar su representación en los órganos legislativos.
La LOPPE modificó la integración de la Comisión Federal Electoral
y permitió la participación de los partidos políticos registrados –ya fuera bajo la figura de registro condicionado o definitivo- en igualdad de
condiciones.
La Comisión quedó conformada por el Secretario de Gobernación, un representante de cada una de las cámaras legislativas, un representante de cada partido político con registro y un notario público.
1986
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Existe la lógica de apertura de la representación política electoral, y en esta reforma el número de diputados elegidos mediante el principio de representación proporcional, mediante listas cerradas y bloqueadas, se duplicaría para llegar a 200 legisladores, con lo que el tamaño de la cámara aumentó para llegar a sus dimensiones actuales de 500 diputados en total.
Inaugura un modelo de institucionalidad electoral a la larga exitoso, es decir, introduce una instancia jurisdiccional: El Tribunal de lo Contencioso Electoral (TRICOEL), ubicada todavía dentro de la órbita del Poder Ejecutivo, ante el cual era posible impugnar las resoluciones de la autoridad administrativa encargada de la organización de los comicios.
1987
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El Congreso de la Unión realizó una reforma Constitucional para introducir el criterio de representación proporcional en la integración de la Comisión Federal Electoral.
02/10/2014
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Reforma que transforma el régimen electoral mexicano y evoluciona el Instituto Federal Electoral a Instituto Nacional Electoral, a fin de homologar los estándares con los que se organizan los procesos electorales federales y locales para garantizar altos niveles de calidad en nuestra democracia electoral.