Aumento en la protección sobre la propiedad intelectual
1 de julio 2015 - 1 de diciembre 2020
Desde el 1 de julio de 2015, todos aquellos que exploten contenidos o pongan a disposición de otros contenidos sin la autorización de sus titulares legítimos se enfrentan a penas que privativas de libertad de hasta 6 años.
Expulsión de europeos
1 de julio de 2015 - 1 de diciembre de 2020
Los europeos podrán ser expulsados si representan un peligro para el orden público o la seguridad pública.
Limitación la responsabilidad penal de las personas jurídicas
1 de julio de 2015 - 1 de diciembre de 2020
La persona jurídica quedará exenta de responsabilidad penal si cumple una serie de condiciones, recogidas en el nuevo articulado. Pese a ese condicionado, la reforma establece como causa de exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica la existencia de un programa de prevención o “complacencia penal"
Modificación de la ley indulto
1 de julio 2015 - 1 de diciembre 2017
Un alto cargo comparecerá cada seis meses en el Congreso de los Diputados para explicar las concesiones o denegaciones de indultos realizadas en ese periodo.
Pornografía infantil
1 de julio 2015 - 1 de diciembre 2020
Con la entrada en vigor de la reforma del Código Penal, se castiga el mero uso o la adquisición de pornografía infantil.
Prisión permanente revisable
1 de julio 2015 - 1 de diciembre 2020
Como explicaba Manuel Marchena, abogado de Legálitas cuando el Congreso de los Diputados aprobaba el proyecto de Ley Orgánic Supresión de los antecedentes penales: Con la reforma del Código Penal, una vez cumplida la pena y transcurrido un periodo de tiempo que vendrá determinado por el tipo de pena, si no vuelve a delinquir, el condenado podrá solicitar la eliminación de sus antecedentes penales.
Matrimonio forzoso
1 de julio 2016 - 1 de diciembre 2017
Se tipifican nuevos delitos como el matrimonio forzoso, el hostigamiento o la manipulación de los dispositivos de control para vigilar el cumplimiento de las penas. Desde el 1 de julio de 2015 quien fuerce a otra persona a contraer matrimonio se podrá enfrentar a penas de tres años de prisión.